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Estrasburgo da la razón a un grupo de mujeres y condena a Suiza por su falta de acción frente al cambio climático

>> 21 de Abril

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que se pronuncia por primera vez sobre la política de los países frente al calentamiento global, rechaza una demanda similar de seis jóvenes portugueses contra 32 gobiernos.

El empleo de los tribunales para forzar a los gobiernos a aplicar medidas más contundentes contra el cambio climático no ha recibido el rotundo espaldarazo que muchos activistas aspiraban a lograr este martes. Pero sí obtuvo una victoria parcial cuyas repercusiones podrían ser importantes. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha concedido una de cal y otra de arena. Por un lado, los magistrados han desestimado la demanda que seis chicos portugueses habían presentado contra 32 gobiernos europeos a los que acusaban de no hacer lo suficiente contra la crisis climática. Los jueces entienden, entre otras cosas, que no han agotado todas las vías jurídicas disponibles en su país. Pero, en otro caso también climático, el TEDH ha condenado al Gobierno suizo por incumplir sus propios objetivos de reducción de emisiones de efecto invernadero. Entienden los magistrados que Suiza ha contravenido así varios artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Alrededor de 2.000 mujeres se asociaron para llevar a su Gobierno ante el tribunal porque afirmaban que su falta de acción les pone en riesgo de morir, por ejemplo, durante una ola de calor.

Es la primera vez que este tribunal se pronuncia sobre la falta de acción de las autoridades estatales frente al calentamiento global. El Convenio Europeo de Derechos Humanos no recoge ningún derecho a un medio ambiente sano como tal. Pero el TEDH ha dictado varias sentencias en esta materia medioambiental al entender que el ejercicio de determinados derechos del convenio puede verse menoscabado por la existencia de daños al entorno y la exposición a riesgos medioambientales. Esa es la vía empleada por los denunciantes, que han recibido el apoyo de organizaciones ecologistas, para llegar ante este tribunal internacional.

Tres casos se han analizado y sentenciado este martes. El de los chicos portugueses; la demanda de una asociación suiza de mujeres jubiladas preocupadas por la crisis climática contra su gobierno; y otro, contra el Gobierno francés, presentado por un alcalde del municipio de Grande-Synthe, quien acusaba a su Ejecutivo también de no tomar medidas suficientes para prevenir el calentamiento global. Esta última demanda tampoco ha prosperado.

En el caso de la Asociación Suiza de Mujeres Mayores por el Clima (Verein KlimaSeniorinnen Schweiz, en alemán), el tribunal ha explicado a través de una nota que el Gobierno de este país “ha incumplido sus obligaciones” en virtud de la convención “en relación con el cambio climático”. “Ha habido graves deficiencias en el proceso de establecimiento del marco normativo nacional pertinente”. Además, el TEDH explica que “Suiza no ha cumplido sus objetivos” de “reducción de emisiones de gases de efecto invernadero”. “Las autoridades suizas no actuaron de manera oportuna y adecuada para concebir, redactar y aplicar la legislación y las medidas pertinentes”, añaden los magistrados. Por ello, la gran sala de este tribunal concluye —por 16 votos contra uno― que se ha violado el artículo 8 de la convención, el que protege el derecho a la vida privada y familiar. Además, por unanimidad, se condena también a Suiza por incumplir el artículo 6, que consagra el derecho a un proceso judicial equitativo.

Porque en el caso de la asociación suiza, sí se habrían agotado esas vías judiciales. De hecho, no se les hizo caso en sus reclamaciones. El TEDH ha explicado que “los órganos jurisdiccionales suizos no han explicado de manera convincente las razones por las que consideraron que no procedía examinar el fondo de las alegaciones de la asociación demandante”. “Esos tribunales no tuvieron en cuenta los datos científicos indiscutibles relativos al cambio climático y no tomaron en serio las denuncias formuladas”, añade el tribunal europeo en lo que se puede considerar un aviso a navegantes para futuros pleitos en las cortes nacionales.

 

Fuente: elpais.com

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